quinta-feira, 10 de junho de 2010

Congresso de Teoria do Direito em Girona, Espanha

Nota publicada no blog do Gargarella

http://seminariogargarella.blogspot.com/

Crónica del amigo Marcelo Alegre sobre el reciente CONGRESO DE FILOSOFIA DEL
DERECHO "NEUTRALIDAD Y DERECHO" UNIVERSIDAD DE GIRONA-MARCIAL PONS (la
crónica está su blog acá ) (aclaro, para
los que no están en tema, que se trata de un Congreso organizado por el
positivismo jurídico "duro", anti-Dworkiniano).


EMOTIVO HOMENAJE A RONALD DWORKIN EN GIRONA


Estuve en el Congreso de Filosofía del Derecho organizado magistralmente por
Jordi Ferrer y su gran equipo de la Universidad de Girona la semana pasada.
Cualquiera que repase el programa y las ponencias intuirá un cierto sesgo
pro-positivista. Luego de escuchar a los ponentes y las discusiones creo
haber llegado a descubrir el propósito profundo del evento: homenajear las
ideas de Ronald Dworkin, y montar un reconocimiento público de las falencias
del positivismo de las últimas cinco décadas, falencias denunciadas por
Dworkin a fines de los '60 en un par de trabajos que el positivismo aun no
ha sabido absorber.

Frederick Schauer, en su ponencia, se ocupó de uno de los riesgos de mucha
teorización positivista: el de la búsqueda del santo grial del "concepto de
derecho", entendido como el conjunto de propiedades necesarias del fenómeno
"derecho". Este enfoque puede llevar a dejar de lado aspectos como la
coerción, simplemente porque podemos pensar en un orden jurídico sin
coerción, etc. Esto es como ofrecer un estudio de las aves sin mencionar su
vuelo, ya que hay aves que no vuelan y no aves que vuelan (el murciélago,
por ej.). Culminó afirmando que algo debe andar muy mal en la filosofía
jurídica si mediante un artilugio conceptual se deja fuera de la disciplina
a Dworkin, Austin, Bentham, etc.

Jules Coleman se ocupó de rebatir la idea de que lo que separa a
positivistas y no positivistas es la tesis de la separabilidad/conexión
entre derecho y moral. Coleman mostró como la idea de una conexión necesaria
entre moralidad y derecho, lejos de ser una excentricidad dworkiniana, es
aceptada por casi todos los positivistas.

Le tocó a Brian Leiter, otro de los más conocidos Salieris de Dworkin,
continuando con la discusión anterior, desmontar otro de los castillos de
naipes preferidos de los positivistas: el consistente en la creencia en la
posibilidad de una prolija y nítida demarcación de los límites entre Derecho
y Moral. Leiter argumentó persuasivamente en favor del pesimismo acerca del
éxito de esta empresa, refiriéndose, entre otras razones, al fracaso del
intento similar de demarcar ciencia de otro tipo de actividades.


Scott Shapiro profundizó en un punto señalado por Juan Carlos Bayón en la
apertura del Congreso y sobre el que Dworkin insistió durante 4 décadas,
frente a las burlas del positivismo contemporáneo: la cuestión de "Qué es el
derecho" tiene implicancias decisivas sobre la cuestión de "Cuál es el
derecho aplicable". Pensemos en la constitucionalidad de la pena de muerte
en EEUU. Según Shapiro, lo que determina el contenido, por ejemplo, de la
8va enmienda (que prohíbe penas crueles e inusuales), depende de la teoría
acerca de qué hechos determinan el contenido del derecho (la intención
original, la concepción contemporánea de crueldad, etc).

Will Waluchow ofreció una teoría en defensa del control judicial de
constitucionalidad, muy en sintonía con las ideas de Dworkin sobre la
judicatura como Foro de Principios. Waluchow respaldó la idea de un control
judicial regimentado por la noción de razón publica Rawlsiana.

Por último Brian Bix enumeró las diferentes aspiraciones y propósitos con
los que pueden vincularse al Derecho, reconociendo la pertinencia y aporte
de un enfoque como el dworkiniano, junto a otras teorías basadas en fines y
aspiraciones diversas.

Tres palabras para sintetizar este gran encuentro gironés: Dworkin tenía
razón...

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